Dictamen N° 63392/2014
N° 63.392 Fecha: 18-VIII-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, por medio de la cual se aprueban las bases administrativas y técnicas para la contratación de servicios de aseo e higienización para el Hospital El Pino, por encontrarse ajustada a derecho. Sin embargo, cumple con hacer presente que los últimos cuatro puntos insertos en el N° 2 de las bases administrativas, no se refieren a causales para hacer efectiva la boleta de garantía de seriedad de la oferta, sino que regulan los trámites previos para la devolución de ésta. Por otra parte, cabe señalar que esta Contraloría General entiende que la remisión al anexo A que se efectúa en el N° 3.1 de las bases técnicas, corresponde a las tablas de aseo recurrente y tablas de aseo terminal que se aprueban en el tercer resuelvo del acto en estudio, siendo del caso manifestar que documentos como el antedicho deben publicarse en el portal www.mercadopublico.cl , a fin de que los oferentes puedan enterarse de su contenido y, en lo sucesivo, incorporarse en las bases administrativas y técnicas. Asimismo, resulta necesario que se precise si la periodicidad de dichos aseos recurrentes será de 4 veces por día, como se señala en ese mismo N° 3.1, o de 3 veces por día, como lo establece la referida tabla del anexo indicado. Finalmente, es dable hacer presente, que todo lo anterior debe ser precisado en el portal www.mercadopublico.cl mediante aclaraciones a las bases durante la etapa respectiva de la licitación. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República