Dictamen N° 63470/2009
N° 63.470 Fecha: 13-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Ramón Abelardo Galleguillos Meléndez, ex empleado civil del Ejército de Chile, para solicitar un pronunciamiento respecto del derecho que, a su juicio, le asistiría para obtener el cese del descuento relativo al fondo de desahucio. Requerido su informe, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional manifiesta, en síntesis, que los 35 años de imposiciones efectivas para el referido fondo de desahucio se cumplieron en diciembre de 2008, y que sólo se encuentra pendiente el reembolso de la suma erróneamente descontada al efecto en la pensión de retiro del interesado entre los meses de diciembre de 2008 a septiembre de 2009, que está a su disposición desde el 29 de septiembre del presente año. Sobre el particular, es dable anotar que la letra b) del artículo 216 del D.F.L. Nº 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, aplicable en virtud de lo dispuesto en el artículo final del D.F.L. N° 1, de 1997, de la misma Secretaría de Estado, previene que el fondo de desahucio se formará, entre otros, con una imposición del cinco por ciento sobre las pensiones de retiro y montepío del personal de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de Defensa Nacional, la que se efectuará hasta el momento en que el imponente cumpla 35 años de cotizaciones al fondo respectivo, contados desde el inicio de los descuentos por este mismo concepto. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, se desprende que la situación previsional del peticionario se encuentra regularizada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República