Dictamen CGR

Dictamen N° 63536/2009

2009-11-16 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Se refiere a recurso jerárquico deducido en contra de oficio de la Contraloría Regional de Valparaíso

N° 63.536 Fecha: 16-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fernando Montes Tapia, a fin de interponer el recurso jerárquico contemplado en el artículo 59 de la ley N° 19.880, en contra del oficio N° 4.180, de 2008, de la Contraloría Regional de Valparaíso, mediante el cual esa Sede manifestó que los alcances que el recurrente formuló respecto del Informe Final de observaciones N° 42, de 2006, de la Municipalidad de El Tabo, en lo que respecta a la fiscalización de patentes comerciales, industriales, profesionales y de alcoholes otorgadas por el aludido municipio, se considerarán en una futura fiscalización que se efectúe en esa entidad edilicia, de acuerdo con la disponibilidad de recursos humanos y materiales con que cuenta dicha Oficina Regional. Al respecto cumple manifestar, en concordancia con lo expresado por esa Sede de Fiscalización mediante su oficio N° 3.975, de 2009, que de acuerdo al criterio de la uniforme jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 53.353, de 2004, 5.695, de 2005 y 52.208, de 2006, esta Contraloría General no constituye una instancia de apelación respecto de los pronunciamientos emitidos por las Contralorías Regionales en relación con los asuntos sometidos a su conocimiento, en virtud de las atribuciones que les corresponden, las que se encuentran establecidas en la resolución N° 411, de 2000, de esta Entidad de Fiscalización, aplicando, en todo caso, la jurisprudencia recaída en la materia de que se trate. En este contexto, entonces, y atendida la naturaleza del recurso jerárquico, forzoso es concluir que no procede tratándose de dictámenes emanados de las Contralorías Regionales, por lo que no corresponde dejar sin efecto el citado pronunciamiento. No obstante lo anterior, resulta pertinente indicar que, por lo demás, a través del citado oficio N° 4.180, de 2008 la Sede Regional aludida sólo se ha limitado a manifestar su disposición para efectuar una acción de fiscalización en el futuro, sin que se adviertan argumentos de fondo por parte del recurrente tendientes a que dicho pronunciamiento sea dejado sin efecto, toda vez que lo que solicita, en definitiva, es precisamente una investigación en relación con los hechos que expone, relativos a las irregularidades en que habría incurrido el municipio en el otorgamiento de patentes municipales. En consecuencia y en consideración a lo precedentemente expuesto, este Órgano de Control, cumple con desestimar la solicitud del señor Fernando Montes Tapia, ratificando el oficio N° 4.180, de 2008, de la Contraloría Regional de Valparaíso. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General

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