Dictamen N° 636025/2025
N° E6360 Fecha: 14-01-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una segunda modificación al convenio de transferencia de recursos celebrado con la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, y en relación con lo expuesto en la cláusula quinta del acuerdo de voluntades en estudio, cumple con manifestar que los convenios que suscriben los servicios públicos sólo pueden entrar en vigor una vez que el acto administrativo que los aprueba se encuentre totalmente tramitado. Ello, sin perjuicio que, en casos calificados, puedan incluirse en la rendición de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a su total tramitación, siempre que existan razones de continuidad o buen servicio, acorde con lo preceptuado por el artículo 13 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen (aplica dictamen N° E327937, de 2023). Por otra parte, en cuanto a la cláusula segunda -que a su vez enmienda la cláusula séptima del convenio original-, esta Contraloría General entiende que el aumento del plazo otorgado por la presente modificación sólo rige para el programa “Plan de Eficiencia Energética-Sector Industria y Minería”, manteniéndose vigente los plazos inicialmente concedidos por los decretos N°s. 11 y 67, de 2023, de ese origen, respecto de los programas que en cada caso se aprueban. Finalmente, considerando el plazo original previsto para la ejecución y la fecha en que fue suscrita y aprobada la presente modificación, corresponde que, en lo sucesivo, esa Subsecretaría remita oportunamente al trámite de toma de razón los instrumentos como el de la especie. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República