Dictamen CGR

Dictamen N° 6367/2012

2012-02-01 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Sobre licitación pública para la contratación de los servicios destinados al sistema de identificación, documentos de identidad y viaje y servicios relacionados, para el Servicio de Registro Civil e Identificación

N° 6.367 Fecha: 01-II-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Luis Felipe Hubner Guzmán, en representación de Sonda S.A., en relación con la licitación indicada en la suma, exponiendo que el oferente adjudicado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, Morpho S.A, presentó su oferta con certificados de experiencia con importantes deficiencias que no fueron objeto de observación o reparos. Sobre el particular, cabe indicar, en forma previa, que la resolución N° 510, de 2011, del mencionado Servicio, que aprobó el contrato celebrado con Morpho S.A., para la prestación del servicio en comento, ha sido tomada razón por esta Entidad de Control, con fecha 20 de enero del presente año, por encontrarse ajustada a derecho. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, cumple con manifestar que el procedimiento de evaluación de los certificados de experiencia se ajustó al numeral 2.1.1 de las Bases Técnicas. Al respecto, procede indicar que el punto 4.6, del pliego de condiciones, relativo al procedimiento de evaluación de las propuestas, establece que de considerarlo necesario el Servicio podrá, a través del Coordinador de la Licitación, requerir, directamente y por escrito al Coordinador del Proponente, aclaraciones a la Propuesta que, no obstante cumplir con los requerimientos de las Bases, exijan un análisis técnico más detallado para la evaluación correspondiente, las que deberán ser entregadas por escrito dentro del plazo que le señale; agregando que dichas declaraciones formarán parte integrante de las respectivas propuestas. En virtud de dicha cláusula el Servicio, con fecha 11 de diciembre de 2009, solicitó a todos los oferentes aclarar, respecto de sus propuestas técnicas, en qué archivos se encontraba la información tendiente a acreditar la participación en proyectos. Al respecto, y en consideración a lo ordenado por el Tribunal de Contratación Pública en causas roles N° 85 y 82 del año 2010, en orden a retrotraer el proceso al estado de una nueva evaluación técnica de las ofertas presentadas, y a que no procedía considerar en ésta nuevas probanzas o repetirlas, es que mediante resolución exenta N° 2.970, de 2011, el Servicio de Registro Civil e Identificación, determinó que la subcomisión técnica de la Comisión Evaluadora sólo consideraría aquellas aclaraciones a las propuestas técnicas, requeridas durante la evaluación técnica anterior, que se hubieren efectuado con estricto apego a las bases de licitación. Según lo anterior, y luego de un análisis de los antecedentes, consta que la comisión evaluadora calificó detalladamente la propuesta técnica presentada por cada uno de los oferentes con la información que entregaron en la respuesta a la solicitud de aclaración antes referida y a través de ello determinó que Sonda S.A., no cumplió con las exigencias de las bases técnicas de licitación, toda vez que sólo completó su oferta respecto de cuatro de los siete componentes, siendo obligación, según la sección 2.1.1 de las Bases Técnicas, acreditar participación en al menos un proyecto, para cada uno de esos componentes. En cambio, consideró sujeta a las bases de licitación, la respuesta de Morpho S.A, en cuanto cumplió en todas sus partes con la solicitud de aclaración antes mencionada. De este modo, cabe concluir, que el Servicio de Registro Civil e Identificación adjudicó conforme a derecho la licitación a la empresa Morpho S.A., apegándose a las bases de licitación y a las solicitudes de aclaración aludidas, que en el caso concreto permitieron esclarecer, respecto de todas las propuestas, el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos de experiencia, estimados esenciales para las ofertas técnicas, tal como indica en su fundamentación la resolución exenta N° 3.492, de 2011, del aludido Servicio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República