Dictamen N° 63796/2015
N° 63.796 Fecha: 11-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6129, conducido por su funcionario, señor Sebastián Camilo Cortes Jeraldo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. En este sentido, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 6 de julio de 2014, ese servidor, junto con otros empleados, concurrió en el citado móvil hasta la intersección de la calle Las Alcas con el Pasaje Río Chalinga, en la comuna de Los Vilos, con la finalidad de verificar una denuncia en contra de unas personas que efectuaban desórdenes en la vía pública; una vez en el lugar, los manifestantes comenzaron a lanzar palos y piedras en contra del personal policial y del referido vehículo, resultando éste último con su parabrisas quebrado y abolladuras en la carrocería. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 82, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $98.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Sebastián Camilo Cortes Jeraldo, por los daños causados en el furgón fiscal Z-6129. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante