Dictamen N° 64101/2015
N° 64.101 Fecha : 12-VIII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el contrato celebrado con la empresa que se singulariza para el suministro del medicamento que se indica, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato en el caso de que las multas excedan el 5% del valor total del contrato, conforme con lo previsto en el párrafo quinto del N° III del artículo 36 de las bases administrativas que rigieron la licitación, lo que se ha omitido señalar en el documento que se viene sancionando. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante