Dictamen N° 64105/2009
N° 64.105 Fecha: 17-XI-1009 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños producidos al vehículo fiscal RP-1945, de cargo de la 55ª Comisaría de Santiago Occidente, conducido por el Cabo 1º de esa institución policial, señor Carlos Edelberto Rochow Carrión, de dotación de la citada Unidad. Lo anterior, a objeto de que esta Contraloría General emita, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, un pronunciamiento sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que con fecha 30 de enero de 2009, a las 15:55 horas, aproximadamente, mientras el aludido servidor realizaba un patrullaje preventivo por la calle el Abeto, al llegar a la intersección con la calle Oceanía, detuvo su marcha detrás del bus de locomoción colectiva P.P.U. VG-8870, procediendo este último a retroceder sorpresivamente, chocándolo. Los daños ocasionados a la especie fiscal, de acuerdo con el Certificado N° 105, de 2009, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos del Departamento de Transporte, rolante a fojas 105 y siguientes de autos, ascendieron a la suma de $548.325, que se imputaron al subtítulo 22, ítem 06-02 del presupuesto de dicha sección, siendo reparado y dado de alta para el servicio. Ahora bien, el citado artículo 62 de la ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el mencionado artículo 62 de la ley N° 10.336, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1º de Carabineros, señor Carlos Edelberto Rochow Carrión, por los daños producidos al vehículo fiscal RP-1945. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República