Dictamen N° 6420/2015
N° 6.420 Fecha: 23-I-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-2719, conducido por su funcionario, señor Milton David Farías Donoso, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 17 de febrero de 2013, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por calle 21 de Mayo, y al llegar al costado de una automotora ubicada en esa vía, en la comuna de Coyhaique, intentó fiscalizar al chofer de un automóvil particular que se encontraba ingiriendo alcohol en la vía pública, quien, con la finalidad de evitar ese control, reanudó la marcha, impactando al vehículo policial, practicándose la denuncia al Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 5, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $250.000, siendo tal especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Milton David Farías Donoso, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2719. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante