Dictamen N° 64262/2011
N° 64.262 Fecha: 12-X-2011 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación de don Luis Enrique Machuca Serey, quien pide que se le reconozca la calidad de exonerado político, de la antigua Corporación de Obras Urbanas, que a su juicio, le asistiría. Requerida de informe, la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública expresa que, con fecha 28 de enero de 2011, la Comisión Asesora Presidencial para la calificación de exonerados políticos analizó la solicitud elevada en ese sentido por el peticionario y resolvió rechazarla, por no haber adquirido la convicción del carácter político de su despido. Sobre el particular, esta Entidad de Control cumple con manifestar que la materia a que se refiere el peticionario es un asunto sobre el cual tiene competencia la mencionada Secretaría de Estado, atendido lo dispuesto en los artículos 3°, 9° y 10 de la ley N° 19.234. En efecto, el mencionado artículo 3° establece que los ex funcionarios que indica, que hayan sido exonerados por motivos políticos durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, tendrán derecho a solicitar del Presidente de la República, por intermedio del aludido Ministerio, los beneficios que señala. Por su parte, de lo previsto en los artículos 9° y 10 de la citada ley, aparece que la calificación del carácter político de la exoneración será hecha en forma privativa por el Presidente de la República, a través de ese Ministerio, quien, una vez formada esa convicción, resolverá, también privativamente, sobre el otorgamiento de los beneficios que se autorizan en el mismo texto legal. En consecuencia, atendidas las disposiciones citadas y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 37.194, de 1994, es dable concluir que la calificación de la exoneración constituye una atribución exclusiva del Presidente de la República, lo que impide a esta Institución Fiscalizadora revisar la decisión adoptada en este caso. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República