Dictamen CGR

Dictamen N° 64411/2013

2013-10-07 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 221, de 2013, de la Dirección del Trabajo

N° 64.411 Fecha: 07-X-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 221, de 2013, de la Dirección del Trabajo, mediante la cual se regulariza la contratación por el período que indica y se aprueba el convenio sobre prestación de los servicios relativos al “Proyecto de Mejoramiento de la Red Nacional de Datos, instalación de Contact Center y Servicios de Seguridad Informática”, suscrito entre la Dirección del Trabajo y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la ley N° 19.886, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento otorgada por el proveedor y que se contempla en la cláusula sexta de dicho instrumento, debe permanecer vigente hasta sesenta días hábiles después de culminado el acuerdo de voluntades. Conforme a lo anterior, la aludida Dirección deberá arbitrar todas las medidas necesarias a fin de que la citada garantía sea renovada oportunamente, para dar cumplimiento al referido plazo de vigencia y a lo dispuesto en la anotada cláusula (aplica criterio contenido en los dictámenes N os 72.030, de 2009 y 71.529, de 2010, de esta Contraloría General). Finalmente, y en lo meramente formal cabe señalar que la excepción que efectúa el párrafo final de la cláusula octava del instrumento analizado, debe entenderse referida a las letras e) y f) de la misma, y no como indica, toda vez que en ellas se contemplan las causales de término anticipado de la relación contractual no imputables al proveedor. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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