Dictamen CGR

Dictamen N° 64446/2010

2010-10-29 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre medida disciplinaria no expulsiva aplicada a funcionaria de Carabineros de Chile
Aplicado por
Dictamen N° 15690/2014
Aplica dictamen

N° 64.446 Fecha: 29-X-2010 Se ha remitido a esta Contraloría General copia de la resolución N° 3, de 2010, del Departamento de Planificación y Desarrollo Social de la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, que aplica, entre otros, a doña Ana María de Monserrat Carmi Rojas, funcionaria contratada por resolución, la medida disciplinaria de amonestación escrita. Sobre el particular, cabe manifestar que la normativa que regula la contratación, derechos y deberes de la interesada, es la Directiva del Personal Contratado por Resolución, la que se encuentra contenida en la orden general N° 1.777, de 2007, de la Dirección General de Carabineros, cuyo artículo 58 hace aplicable a tales servidores, el Reglamento de Disciplina de la citada institución policial. Precisado lo anterior, cabe señalar, acorde con lo dispuesto en el artículo 7°, punto 7.2.3., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Control, sobre exención del trámite de torna de razón, que se encuentran afectas al mencionado examen preventivo, las resoluciones que aplican medidas expulsivas del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, basadas en sumarios administrativos o investigaciones sumarias. Por consiguiente, considerando que la sanción disciplinaria impuesta a la afectada no tiene el carácter de expulsiva, es de aquellas que no se encuentran sujetas a trámite alguno ante esta Entidad de Control. Finalmente, se ha estimada necesario hacer presente que, en lo sucesivo, en el evento que esa Dirección aplique a los funcionarios de su dependencia una medida disciplinaria de carácter expulsiva -que, como se señal, se encuentra afecta al trámite de toma de razón ante este Organismo Fiscalizador-, el acto administrativo que la impone debe enviarse en original, conjuntamente con el respectivo expediente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República