Dictamen CGR

Dictamen N° 64673/2014

2014-08-21 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 64.673 Fecha: 21-VIII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3725, conducido por su funcionario, señor José Miguel Saavedra Arévalo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 14 de julio de 2011, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Monseñor Escrivá de Balaguer, y al llegar a la intersección con la Avenida Bicentenario, en la comuna de Vitacura, fue colisionado por un automóvil particular que ingresó al cruce de vías enfrentando presumiblemente luz roja del semáforo, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 111, de 2011, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Las Condes. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 206, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $3.150.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 192, de 2011, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor José Miguel Saavedra Arévalo, por los daños causados en el furgón fiscal Z-3725; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República