Dictamen N° 64828/2009
N° 64.828 Fecha: 19-XI-2009 Se han dirigido a esta Contraloría General el Diputado señor Osvaldo Palma, y los señores Christian de la Fuente, Dirigente Regional del Maule del Colegio de Profesores, Jorge Elgueda, Presidente Comunal de Villa Alegre del Colegio de Profesores, Álvaro Dieguez, ex concejal y Juan Fuentes, profesor, los dos últimos de la Municipalidad de Villa Alegre, solicitando un pronunciamiento acerca de diversas materias que, a su juicio, afectarían a los docentes de esa Comuna, las que serán atendidas en el desarrollo del presente oficio. Requerida en este sentido, la Oficina Regional del Maule, informó mediante el oficio N° 6.213, de 2009. En primer término, los recurrentes denuncian, por una parte, que el Departamento de Educación Municipal de Villa Alegre no habría pagado, a la Caja de Compensación Los Andes, sumas de dineros que fueron descontadas de las remuneraciones de los docentes, lo que habría motivado, en el año 2004, una demanda ejecutiva en contra de la entidad edilicia y, por otra, que el municipio no habría enterado, en las instituciones respectivas, los montos descontados por concepto de cotizaciones previsionales. Sobre el particular cumple señalar, que estas materias fueron investigadas por la referida Sede Regional y observadas en el Informe de Fiscalización N° 61, de 2006, detectándose, en esa ocasión, que la entidad edilicia no había enterado la suma de $ 41.494.625 en la caja de compensación mencionada, que correspondía a descuentos realizados a funcionarios y, además, que la municipalidad mantenía una deuda por cotizaciones impagas que ascendía a la cantidad de $ 243.020.819. Durante el transcurso del presente año, la Contraloría Regional del Maule realizó un seguimiento al citado informe N° 61, cuyas conclusiones se contienen en el Informe N° 85, de 2009 -remitido al Secretario Municipal para ser puesto en conocimiento del Concejo de Villa Alegre, por el oficio N° 4.835, del mismo año-, en el que se puntualiza, en lo que interesa, que no se ha acompañado documentación que acredite el pago de la deuda por descuentos voluntarios a favor de la Caja de Compensación Los Andes. Cabe agregar en este punto, que el Informe Final N° 36, del presente año -remitido mediante el oficio N° 5.824, de 2009, para ser puesto en conocimiento del Concejo Municipal-, contiene el resultado del examen realizado al proceso de retención y pago de cotizaciones previsionales y de descuentos voluntarios en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008, especificando, al efecto, que la deuda asciende a $ 444.219.788, concluyéndose, en definitiva, que la Sede Regional deberá hacer efectiva la responsabilidad pecuniaria que proceda por el pago de reajustes, intereses y multas de las sumas adeudadas, formulando el correspondiente reparo, que se pondrán a disposición del Ministerio Público los resultados de la indagatoria efectuada y que el municipio deberá instruir un procedimiento disciplinario para determinar si existe responsabilidad administrativa derivada de tales hechos. Luego, los solicitantes requieren que se realice una fiscalización, con el objeto de investigar las denuncias que indican, entre ellas, que a los docentes se les adeuda la asignación de perfeccionamiento correspondiente al año 2002, la bonificación de reconocimiento profesional del año 2007 y su regularización correspondiente al año 2008, y el bono de subvención adicional especial desde el año 2003; además de otras irregularidades relacionadas con los anticipos de la ley N° 20.159 -que permite efectuar anticipo de subvenciones estatales para fines educacionales, en casos que indica-, y con el incumplimiento por parte del municipio del dictamen N° 42.299, de 2008, de este Organismo de Control. Al respecto, cumple señalar que para atender este requerimiento, la Oficina Regional del Maule inició la indagatoria correspondiente, a fin de determinar la efectividad de las denuncias deducidas, la que aún se encuentra en tramitación y cuyos resultados serán comunicados a los denunciantes en su oportunidad. A continuación, los requirentes solicitan un pronunciamiento que determine la legalidad del traslado de algunos profesores, resoluciones que, en su opinión, no buscarían mejorar la calidad de la educación. En este sentido, la Municipalidad de Villa Alegre informó, mediante el oficio N° 271, de 2009, que de acuerdo con lo dispuesto por este Ente Contralor, los docentes Christian de la Fuente Rondizzoni, Mónica Saavedra Salinas, Patricia Bustamante Díaz, María Opazo Pardo, María Gutiérrez Álvarez, Juan Fuentes Rojas, Luis Lobos Hidalgo y Mirella Yáñez Ávila cumplen sus labores, durante el presente año escolar, en los establecimientos educacionales en que se desempeñaban antes de las destinaciones reclamadas, por lo que cabe concluir que la situación de la especie se encuentra superada. Enseguida, en lo relacionado con el procedimiento disciplinario a que se refiere el oficio N° 530, de 2009, de la Sede Regional aludida, es dable señalar que éste debía ser instruido por el municipio, y que dicho sumario fue ordenado por el decreto N° 205, de 2009, encontrándose actualmente en tramitación. Además, cumple indicar que la presentación ingresada a la Contraloría Regional mencionada con el número 751, de 2009, fue atendida mediante el oficio N° 6.135, del mismo año. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República