Dictamen N° 64851/2015
N° 64.851 Fecha: 14-VIII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban las bases que regirán la licitación pública para la contratación de servicios de teleradiología, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que este Organismo Fiscalizador entiende que la renovación de contrato prevista en el artículo 30, inciso cuarto, de las bases administrativas que se sancionan solo regirá hasta la fecha en que el proveedor que resulte adjudicado en el proceso licitatorio a que alude ese precepto inicie la prestación de los servicios. Además, es necesario que en el desarrollo de la licitación pública, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Contratación Pública el plazo de que dispondrá el proveedor adjudicado para entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato y para suscribir este último documento, dada la discrepancia existente sobre el particular entre lo dispuesto en los artículos 27, inciso primero, y 28, inciso tercero, del pliego administrativo de condiciones y lo señalado en el anexo N° 1. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución señalada. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante