Dictamen CGR

Dictamen N° 64924/2010

2010-11-02 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Ex funcionario de la antigua Corporación de la Reforma Agraria, exonerado político, solicita el otorgamiento del bono extraordinario previsto en la ley N° 20.134

N° 64.924 Fecha: 02-XI-2010 La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido una presentación de don Sebastián Alejandro Barra Sánchez, ex funcionario de la antigua Corporación de la Reforma Agraria, exonerado político, en que solicita el otorgamiento del bono extraordinario previsto en la ley N° 20.134 Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el respectivo expediente previsional, manifiesta, en síntesis, que no es posible conceder al interesado el aludido beneficio, toda vez que no cumple con los requisitos establecidos en la precitada normativa legal, por cuanto su pensión no contributiva, por gracia, fue calculada según lo previsto en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el artículo 1° de la mencionada ley N° 20.134 otorga, en lo que interesa, un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado, que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que se les hubiere concedido una pensión no contributiva, por gracia, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del citado artículo 12. Ahora bien, por medio de la resolución N° 247, de 2001, del Ministerio del Interior, se otorgó un beneficio no contributivo al peticionario, determinado en conformidad al inciso segundo del referido artículo 12 de la mencionada ley N° 19.234, en armonía con lo informado en el dictamen N° 16.075 bis, de 2000, de este Organismo Fiscalizador. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que el señor Barra Sánchez no cumple con la totalidad de los requisitos legales que hacen procedente el otorgamiento del aludido bono extraordinario. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República