Dictamen N° 64955/2015
N° 64.955 Fecha: 14-VIII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que autoriza la devolución de las retenciones correspondientes al contrato “Mejoramiento Ruta P-40, Sector Quiapo-Millonhue, Tramo Dm. 31.000,00 al Dm. 46.096,815 Comunas de Arauco y Lebu, Provincia de Arauco, Región del Bio-Bio”, por cuanto en el cálculo de las multas cursadas en el estado de pago N° 20 -respecto a los ítem 5.408-1 y 5.408-2-, no se dió cumplimiento al procedimiento establecido a su respecto en el numeral 5.408.304 del Manual de Carreteras, Volumen 5 -exigible de acuerdo a las especificaciones técnicas-. Además, se advierte que para la determinación del reajuste de la multa descontada en el referido estado de pago, de junio de 2015, se empleó en carácter de índice actual el relativo a abril del mismo año, y no el correspondiente al mes de mayo, que se debió aplicar al efecto. Enseguida, no se cumple la totalidad de los requisitos contemplados en el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, para la procedencia de la medida que se autoriza en el acto en examen, entre los cuales se encuentran que no existan saldos pendientes en contra del contratista, y que éste o alguno de sus subcontratistas nada adeudan a los trabajadores de la obra por concepto de remuneraciones o imposiciones. En efecto, por una parte, de acuerdo a lo consignado precedentemente, no han sido cobradas las multas que allí se indican en su totalidad; y por la otra, no se acredita la inexistencia de deudas por concepto de remuneraciones o imposiciones que el contratista ha debido pagar a sus trabajadores. Finalmente, tampoco se incluye como anexo al acta de recepción provisional que se acompaña, el presupuesto de las obras recibidas, firmado por todos los miembros de la comisión, según lo preceptuado en el artículo 166 del citado reglamento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación