Dictamen N° 65020/2012
N° 65.020 Fecha: 18-X-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 778, de 2012, de la Dirección de Vialidad , que aprueba la liquidación final del contrato “Reparación Red Vial Sismo 2010, Ruta I-62-G, Comuna de Litueche, Tramo Km. 15,891 a Km. 32,678, Provincia de Cardenal Caro, Región de O'Higgins”, por cuanto se advierte que la evaluación técnica de las soleras, no se efectúo en conformidad al Manual de Carreteras, Volumen 5, versión 2008, aplicable en la especie. En efecto, el punto 5.607.305 del aludido volumen, establece que el número de ensayos debe determinarse en relación a la raíz cúbica de la cantidad de soleras contratadas, lo que en la especie, considerando las 464 soleras, corresponde a 8 testigos, en circunstancias que se extrajeron 6 testigos y posteriormente 5 adicionales, totalizando 11 muestras, las que fueron evaluadas por el método descrito en el número 5.501.315(1) del mismo manual, en lugar del indicado en el 5.501.315(2) -método de evaluación por el total de muestras-, como lo exige el párrafo final del numeral 5.501.315 del Volumen 5, citado. Finalmente, cumple indicar que en lo sucesivo, las actuaciones que corresponda realizar luego de terminadas las obras, entre ellas la evaluación de multas y la liquidación del respectivo contrato, deberán practicarse oportunamente, y no como ocurrió en esta ocasión. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación