Dictamen N° 65142/2010
N° 65.142 Fecha: 02-XI-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al vehículo policial ZR-4082, de cargo de la 23ª Comisaría Talagante, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Jorge López Gatica a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe manifestar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 28 de noviembre de 2008, el aludido funcionario, junto a otro empleado, en circunstancias que conducía por la calle Olivetto, en dirección al norte y al llegar al cruce con la Avenida Camino a Melipilla, fue impactado por un vehículo particular, cuyo conductor lo hacía en estado de intemperancia alcohólica, situación que se consideró la causa basal del accidente, como da cuenta el parte detenidos N° 3.899, de 2008, dirigido a la Fiscalía Local de Talagante, incorporado a fojas 13 y siguientes de autos. Los daños producidos al patrimonio fiscal, de acuerdo con el Certificado N° 116, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 184 a 186 del expediente adjunto, ascendieron a la suma de $2.340.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354 de 1985 y 28.164 de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Jorge López Gatica, por los daños ocasionados al vehículo policial ZR-4082. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República