Dictamen CGR

Dictamen N° 65151/2010

2010-11-02 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre bonificación especial otorgada en el Servicio Nacional de Geología y Minería

N° 65.15 Fecha: 02-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Elzanna Margaret Mercado Weage, ex funcionaria del Servicio Nacional de Geología y Minería, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho al pago proporcional del bono especial que se concede a los empleados de ese organismo por las metas cumplidas el año 2009. Requerido su informe, el aludido Servicio ha manifestado, en síntesis, que por resolución N° 55, de 21 de diciembre de 2009, de los Ministerios de Minería, de Hacienda y, a esa data, de Economía, Fomento y Reconstrucción, se concedió, por una sola vez, en el mes de diciembre de ese año, a los servidores que precisa, que se encuentren en servicio a la fecha de pago, una bonificación especial, la que no le asiste a la interesada por haber cesado en funciones a contar del 1 de julio de esa anualidad. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° del citado acto administrativo dispone, en lo que interesa, que se otorga por una sola vez, en el mes de diciembre de 2009, una bonificación especial al personal que indica, que se encuentre en servicio a la fecha de pago, que se concederá en la medida que la institución, durante el 2009, haya dado cumplimiento a un 90% o más, a los compromisos de fiscalización en gestión ambiental y de asistencia técnica geológica. Agrega su artículo 3°, que el mencionado beneficio se pagará en una sola cuota, a los funcionarios que se hayan desempeñado en el referido organismo, sin solución de continuidad, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 y se enterará en forma proporcional, en relación a los meses completos efectivamente trabajados en el período anotado, a los servidores que hayan ingresado con posterioridad al 1 de enero de esa anualidad. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la señora Mercado Weage cesó en funciones en el Servicio de que se trata, por renuncia voluntaria, a contar del 1 de julio de 2009, razón por la cual no reúne las exigencias expresadas precedentemente para acceder al beneficio que reclama, ni siquiera en forma proporcional, dado que no se encontraba en servicio a la fecha de pago. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República