Dictamen N° 65450/2015
N° 65.450 Fecha: 17-VIII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto singularizado en el epígrafe, por medio del cual se aprueba la contratación directa del servicio de renovación del soporte de licencias entre el Ministerio de Desarrollo Social y la empresa Sistemas Oracle de Chile S.A., por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, tal como se indicó en el oficio N° 93.204, de 2014, esta Entidad de Control entiende que las estipulaciones contempladas en el denominado contrato de licencia y servicios que se acompaña como anexo N° 2, no pueden restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico. En el mismo orden de ideas, y en armonía con lo previsto en la cláusula décimo segunda del contrato que se aprueba, la terminación que puede disponer el proveedor y que se consigna en la letra I y en la letra G, en lo pertinente, del convenio contenido en el anexo aludido, debe entenderse regida por las normas generales que sobre la materia contempla la legislación chilena, y el plazo que se establece en el N° 4 de la letra O de ese mismo acuerdo de voluntades, para que la entidad adquirente ejerza las acciones que procedan en resguardo de sus derechos, debe entenderse referido a aquellos regulados en los preceptos legales correspondientes. Finalmente, el reembolso consignado en la letra J del aludido convenio, por concepto de “gastos razonables relacionados con la prestación de los servicios”, atendida la contratación de la especie, ha de entenderse comprendido dentro del precio pactado al efecto. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante