Dictamen N° 65519/2012
N° 65.519 Fecha: 22-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-2235, conducida por su funcionario, señor Juan Alex Cáceres Romero, como asimismo por los deterioros de la vestimenta que usaba, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 6 de agosto de 2006, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Agustín Edwards, y al llegar al cruce con calle Enrique Meiggs, en la comuna de Llay-Llay, colisionó con un vehículo particular que efectuó en esa esquina un viraje en “U”, obstruyéndole la normal circulación al móvil policial, lo que la Sección I.A.T. Valparaíso, en su oficio N° 117, de 2006, estableció como causa del accidente. En este sentido, el artículo 137, N° 1, de la ley N° 18.290, prohíbe efectuar viraje en “U” en las intersecciones de calles y caminos. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 192, de 2006, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Valparaíso, ascenderían a la suma de $200.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Por su parte, en cuanto a las prendas de vestir deterioradas, cuyo detalle se encuentra en el dictamen N° 02821/2012/2, de 2012, de dicho proceso sumarial, se debe expresar que debido a sus daños, fueron dadas de baja. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 1° de Carabineros, señor Juan Alex Cáceres Romero, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-2235 y en la vestimenta que utilizaba. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República