Dictamen N° 65532/2012
N° 65.532 Fecha: 22-X-2012 La Contraloría Regional de Coquimbo ha remitido la presentación de don José Mc-Lean Peña, exfuncionario de Carabineros de Chile, quien solicita se reliquide su pensión de retiro por inutilidad de segunda clase, incorporando beneficios que, a su juicio, no le han sido otorgados. Requerida al efecto, junto con remitir el expediente respectivo, el Departamento de Pensiones de la institución policial manifiesta, en síntesis, que al recurrente se le concedieron todas las asignaciones que correspondía, de acuerdo a la preceptiva legal respectiva. Sobre el particular, cabe señalar que consta de los antecedentes tenidos a la vista, que se concedió al interesado, mediante la resolución N° 849, de 1993, del antes citado Departamento, una jubilación equivalente a 30/30 avos de la renta asignada al grado 5, incrementada con el 34% de 10 trienios, el 29% de bonificación de mando y administración, la asignación de especialidad del grado efectivo y el 35% de sobresueldo congelado en el grado 5. Posteriormente, y a consecuencia de la modificación de su causal de retiro por la de invalidez de segunda clase, a través de la resolución N° 1.662, de 22 de octubre de 1993, del mismo origen, se reliquidó dicha pensión, acorde con lo dispuesto por el artículo 95 del D.F.L. N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile. Precisado lo anterior, es útil advertir que el inciso cuarto del artículo 132 del precitado Estatuto previene, en lo que interesa, que el derecho para impetrar pensión, reajustes, acrecimiento o cualquier beneficio derivado de ellos, prescribirá en el plazo de 10 años. Como entre la fecha de reliquidación del beneficio de que se trata y la presentación efectuada por el peticionario ante el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, el 3 de agosto de 2010, ese lapso se ha excedido con creces, resulta forzoso concluir que el derecho a impetrar la revisión de su jubilación se encuentra vencido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República