Dictamen N° 65615/2012
N° 65.615 Fecha : 22-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-3393, que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor Luis Saavedra Benavides, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 20 de septiembre de 2010, ese servidor, al recibir el aludido móvil y tratar de hacerlo funcionar, no partió, percatándose que el carburador presentaba daños estructurales y que no correspondía al de esa motocicleta, dando cuenta de dicha situación, sin que al término del referido proceso sumarial, se pudiese determinar quien habría efectuado el cambio de esa pieza. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el Informe Técnico N° 19, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $1.800.000, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 21, de 2011, dar de baja ese vehículo. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en el proceso administrativo de que se trata, se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Luis Saavedra Benavides, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-3393. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República