Dictamen N° 65618/2009
N° 65.618 Fecha: 24-XI-2009 La Contraloría General ha procedido a tomar razón del decreto 273, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que otorga la concesión marítima que indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cabe hacer presente que la concesión marítima que se viene otorgando es por un plazo no superior a 10 años y su inversión no excede las 2.500 Unidades Tributarias Mensuales, por lo que debe entenderse que es menor, según lo dispuesto en el artículo 24, letra b), del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, y no mayor como erróneamente se señala y en el N° 1 de lo dispositivo del decreto en estudio. Además, cumple con señalar que en conformidad con los antecedentes tenidos a la vista, la inscripción fiscal, en mayor cabida, citada en el N° 2 del acto administrativo en examen, rola a fojas 46, N° 53, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chañaral, correspondiente al año 1940, y no como se indica. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República