Dictamen CGR

Dictamen N° 65682/2013

2013-10-11 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. cursa con alcances la resolución N° 332, de 2013, del Servicio de Registro Civil e Identificación

N° 65.682 Fecha: 11-X-2013 Esta Contraloría General ha dado curso con alcances la resolución N° 332, de 2013, del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante la cual se aprueban las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio de vigilancia para las instalaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación en la Región Metropolitana, pero cumple con hacer presente que esa Entidad deberá, mediante la respectiva aclaración, esclarecer los siguientes aspectos: 1. Precisar que, de ejecutarse anticipadamente los servicios licitados, según lo permite el párrafo segundo del acápite 5.5 del pliego de condiciones de la especie, los pagos quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato respectivo. 2. Prever la consecuencia jurídica de que las multas excedan del 25% del valor total mensual bruto facturado, por cuanto se ha omitido señalar dicho efecto en la parte final del acápite 7.1 de las bases administrativas. 3. Aclarar si las multas acumuladas a que alude el acápite 7.3 de las referidas condiciones concursales, deben verificarse en un mes calendario o en un período de tres meses consecutivos, para efectos de configurar el incumplimiento grave que en él se describe. 4. Finalmente, precisar que, conforme a lo previsto en el inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en el numeral 3 del artículo 77 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, no resulta procedente lo indicado en el párrafo segundo del acápite 8.2 de las condiciones concursales, en orden a permitir la presentación de un plan de acción que asegure al servicio la subsanación de los hechos que configuran las causales de sus letras f) y a), respectivamente. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución señalada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República