Dictamen CGR

Dictamen N° 6577/2015

2015-01-23 · Recursos naturales, aguas, energía y medio ambiente · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 23, de 2014, de la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana

N° 6.577 Fecha: 23-I-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo del epígrafe, que constituye provisionalmente un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas a favor de la persona jurídica que allí se individualiza, pero cumple con hacer presente que el punto de captación respectivo se ubica a 54 metros del deslinde noroeste de la propiedad, y no como se indica en el resuelvo N° 1 del documento analizado. También se debe anotar que la autorización otorgada por el dueño del inmueble donde se emplaza ese pozo consta del instrumento privado autorizado ante notario público que se adjunta, y no del documento que se menciona en el párrafo segundo del N° 3 de la parte resolutiva del mismo acto. Por último, es menester precisar que el registro previsto en el artículo 31, inciso tercero, del decreto N° 203, de 2013, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba el Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas, se denomina Registro Público de Derechos de Aprovechamiento de Aguas de Carácter Provisional del Catastro Público de Aguas, y no como se expresa en el resuelvo N° 13. Con los alcances indicados, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación