Dictamen CGR

Dictamen N° 6587/2011

2011-02-02 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa resolución 355/2010, de la Subsecretaría de Transportes, que pone término a procedimiento disciplinario y aplica la medida disciplinaria de censura a funcionario
Aplicado por
Dictamen N° 44792/2011
Aplica dictámenes 16664/92

N° 6.587 Fecha: 2-II-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 355, de 2010, de la Subsecretaría de Transportes, que pone término al procedimiento disciplinario ordenado instruir por la resolución exenta N° 103 de 2007, de la referida repartición, y aplica la medida disciplinaria de censura a don Juan Fuentes Isla, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, resulta conveniente señalar que el artículo 140 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que una vez emitido el dictamen, el fiscal elevará los antecedentes del sumario al jefe superior de la institución, el Secretario Regional Ministerial o el Director Regional de servicios nacionales desconcentrados, según el caso, quién resolverá en el plazo de cinco días, dictando al efecto una resolución en la cual absolverá al inculpado o aplicará la medida disciplinaria en su caso. Ahora bien, tenido a la vista el expediente sumarial, aparece que, conforme a lo expuesto, la medida disciplinaria de censura al señor Fuentes Isla debió ser impuesta por el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Coquimbo, o su subrogante legal según proceda, y no por esa autoridad, por cuanto carece ele competencia para dicho efecto. En mérito de lo anteriormente indicado, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República