Dictamen CGR

Dictamen N° 65895/2015

2015-08-18 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 65.895 Fecha:18-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de dos esposas de seguridad marcas Peerless y New Season, que estaban bajo la custodia de sus funcionarios, señores Cristian Alvarado Torres y Yonathan Asencio Mansilla, respectivamente, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 23 de marzo de 2014, esos servidores concurrieron hasta la calle Manque Mapu, de la Población Ten Ten, en la comuna de Maullín, con la finalidad de verificar una denuncia en contra de un grupo de personas que ingerían alcohol y efectuaban desórdenes en la vía pública; una vez en el lugar, los señores Alvarado Torres y Asencio Mansilla procedieron a la aprehensión de dos de esos individuos, siendo agredidos por los restantes manifestantes, quienes lograron arrebatarles a los detenidos, lo que éstos aprovecharon para darse a la fuga portando los elementos de seguridad ya individualizados. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 21916920, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma total de US$ 60 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $34.110, a la data de su pérdida), determinando la misma repartición, a través de su orden N° 68, de 2015, dar de baja dichas especies. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores Cristian Alvarado Torres y Yonathan Asencio Mansilla, por el extravío de las referidas esposas de seguridad. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante