Dictamen N° 66021/2009
N° 66.021 Fecha: 25-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Arnaldo Rodríguez Álvarez, ex empleado de la antigua Caja de Previsión de Empleados Particulares, exonerado político, para solicitar que se le otorgue el bono extraordinario que concede la ley N° 20.134. Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social manifestó, en lo pertinente, que no es posible conceder al peticionario el beneficio que solicita, toda vez que no cumple con el requisito de gozar de una jubilación otorgada en conformidad con la ley N° 19.234. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la ley N° 20.134, en lo que interesa, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado que hubieren sido exonerados por motivos políticos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, determinada según el procedimiento que se indica. Precisado lo anterior, es dable anotar que al recurrente no le asiste el derecho a solicitar el bono referido, toda vez que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que no es titular de un beneficio no contributivo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República