Dictamen CGR

Dictamen N° 66592/2011

2011-10-21 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcance decreto 668/2011, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, señalando que la concesión otorgada debe denominarse concesión marítima mayor, y no menor, como se expresa en el decreto citado, en atención al plazo por el que se otorga

N° 66.592 Fecha: 21-X-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 668, de 2011, mediante el cual se modifica el decreto N° 96, de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que otorgó la concesión marítima que indica, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante lo anterior, procede manifestar que la concesión en examen se clasifica como concesión marítima mayor, conforme lo establece el artículo 24 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa. Nacional, Subsecretaría de Marina, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, y no menor como erróneamente señala el N° 7 del instrumento en examen, ya que acorde con el N° 8 del citado decreto N° 96, de 1994, ella se otorgó por más de 10 años. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica