Dictamen CGR

Dictamen N° 66647/2010

2010-11-09 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre título de Ingeniero Comercial otorgado en virtud de un programa especial en la Universidad del Mar

N° 66.647 Fecha: 09-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Williams Alberto Bórquez Carvajal, funcionario del Servicio de Impuestos Internos, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero Comercial otorgado por la Universidad del Mar, a través de un programa especial de continuación de estudios, modalidad a distancia, online, lo habilitaría para acceder a un cargo de fiscalizador tributario, grado 15 de la E.U.S., en el citado Servicio. Como cuestión previa, es del caso indicar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la carrera de Ingeniería Comercial para profesionales titulados de programa (Blended & On Line), impartida por la Universidad del Mar, para alumnos que posean un título de una carrera profesional asociada al área de la Administración de Empresas, otorga el grado de Licenciado en Administración de Empresas y es conducente al título de Ingeniero Comercial, modalidad OnLine, con una duración de 19 meses y un total de 1.330 horas. Sobre el particular, es dable manifestar, por una parte, que la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo origen, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional y, por la otra, que conforme a lo dispuesto en el artículo 63, letra g), del primer texto legal citado, el título de Ingeniero Comercial, posee la calidad de título profesional, siendo este, entonces, uno de aquellos diplomas que por mandato legal tienen la naturaleza de profesionales. Por su parte, el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda -que fija las plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos-, en su artículo 1°, N° 3, establece para el ingreso y promoción en la Planta de Fiscalizadores, en lo que interesa, estar en posesión del título profesional universitario de ingeniero civil, ingeniero comercial, ingeniero forestal, ingeniero agrónomo, contador auditor, administrador público, arquitecto o constructor civil. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, es posible señalar que el diploma de Ingeniero Comercial, otorgado por la Universidad del Mar, bajo la modalidad a distancia, reúne los requisitos propios de un título profesional y habilita al interesado para postular al cargo de Fiscalizador en el Servicio de Impuestos Internos. En todo caso, conviene hacer presente que de acuerdo con lo señalado, entre otros, en el dictamen N° 18.011, de 2003, el hecho de encontrarse sometido al proceso de titulación según la normativa interna del establecimiento educacional -que se establece como condición para obtener el respectivo título profesional-, no habilita al recurrente para postular al cargo que consulta ya que aún no se encuentra en posesión del respectivo diploma. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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