Dictamen N° 6668/2014
N° 6.668 Fecha: 28-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Claudia Alvear Rioseco, funcionaria de Gendarmería de Chile, para reclamar que con fecha 11 de noviembre de 2013, fue enviada en cometido funcional a la Coordinación Regional de Salud de ese servicio, y posteriormente, destinada a contar del 14 de noviembre de esa anualidad, a la Unidad Penal de Colina 2, de la misma institución, alegando que dichas medidas vulnerarían los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Como cuestión previa, cabe señalar que, específicamente, el artículo 156, en su inciso segundo, estipula que desde treinta días antes de la elección de Presidente de la República, desarrollada en la especie el 17 de noviembre de 2013, los servidores públicos no pueden ser trasladados o designados en comisión de servicio fuera del lugar en que ejercen sus funciones. Requerido su informe, el citado organismo manifiesta, que efectivamente dispuso las mencionadas medidas, no obstante, agrega que con el objeto de enmendar lo expuesto, el día 15 de noviembre de 2013, mediante el oficio ordinario N° 1.940, se dejó sin efecto el traslado de la recurrente a la citada Unidad Penal. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora entiende que la situación reclamada se encuentra superada. Transcríbase a Gendarmería de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República