Dictamen N° 67369/2010
N° 67.369 Fecha: 11-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Luisa Adriana Gutiérrez García, ex funcionaria del antiguo Servicio Nacional de Salud, para solicitar la revisión de su pensión por invalidez por cuanto, a su juicio, ese beneficio habría sido calculado sobre el grado 25 de la E. U. S. y no sobre el grado 23, como correspondería. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el respectivo expediente, manifiesta, en síntesis, que la jubilación de la interesada fue correctamente calculada de acuerdo al grado 23, y que, por error, un documento emanado de dicho organismo, en julio de 2010, señaló equívocamente que su pensión fue otorgada por labores correspondientes al grado 25 de la antedicha escala remuneratoria. Sobre el particular, cabe manifestar que de los documentos tenidos a la vista, aparece que, efectivamente, mediante la resolución N° 1.223, de 1981, de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, se otorgó a la recurrente una pensión por incapacidad física, por la suma inicial mensual de $ 7.319.-, a contar del 1 de abril de 1981, en su calidad de Oficial Administrativo, grado 23 de la E.U.S., más un 2% de asignación de antigüedad, del Servicio de Salud Metropolitano Central, Asistencia Pública Doctor Alejandro del Río. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado del caso hacer presente a la señora Gutiérrez García que el plazo para solicitar la revisión de la jubilación no contributiva de la que es titular se encuentra vencido, por cuanto han transcurrido en exceso los tres años establecidos en el artículo 123 del D.F.L. 338, de 1960, aplicable en la especie, para dichos efectos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República