Dictamen N° 67566/2013
N° 67.566 Fecha: 21-X-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 762, de 2013 de la Dirección de Vialidad, que aprueba la recepción provisional y reajustes del contrato “Mejoramiento Ruta R-42, Sector Purén-Lumaco, Tramo Dm. 1.800.00 – Dm. 9.320,00, Comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía”, por cuanto no consta que, para el caso de la evaluación practicada al ítem 501-6, Hormigón Estructural H-30, se haya dado cumplimiento al procedimiento de extracción de nuevos testigos por parte del Laboratorio de Vialidad, al haberse obtenido resistencias f i -de las muestras individuales- menores al valor límite f 0 , o en su defecto, se hayan utilizado otras metodologías de evaluación, previo informe de un especialista, en conformidad a lo señalado en el numeral 5.501.315(3) del Manual de Carreteras, Volumen 5, exigible de acuerdo a las especificaciones técnicas del contrato. Por otra parte, para el cálculo de los reajustes aplicables, tanto por concepto de pago de obras, como de multa técnica, para determinar el monto pagado por concepto de reajustes, si bien se utilizaron los índices que comunica oficialmente la Dirección de Planeamiento -como señala el punto 7.14.3 de las bases tipo, aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie-, no se advierten las razones y los argumentos jurídicos por los cuales en la resolución exenta N° 835, de 2012, de la aludida Dirección de Planeamiento, se dispuso que en el caso del acero el cálculo respectivo se efectuara sobre la base del valor del Índice de Precios al por Mayor asignado a dicho insumo en el mes de septiembre de 2011, y no al del último mes informado conforme a ese índice, correspondiente al mes de diciembre de ese año, la que, además, se aplicó respecto de estados de pago anteriores a su emisión. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica Subrogante División de Infraestructura y Regulación