Dictamen N° 67570/2012
N° 67.570 Fecha : 29-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-2981, conducido por su funcionario, señor Vely Santos Valenzuela, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 9 de noviembre de 2011, ese servidor permanecía con el referido furgón detenido en calle San Martín próximo a la intersección con calle Millán, en la ciudad de Rancagua, lugar en el que personal policial intentó fiscalizar al conductor de un vehículo particular que se encontraba bajo la influencia del alcohol, el cual y con la finalidad de evitar dicho control, reanudó la marcha chocando al citado móvil fiscal. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 77, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $654.500, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor Vely Santos Valenzuela, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-2981. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República