Dictamen N° 67818/2009
N° 67.818 Fecha: 4-XII-2009 Esta Contraloría General no ha tomado razón de las resoluciones N°s 873, 874 y 875, todas de 2009, de la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, que otorgan el auxilio de la fuerza pública al Director del Instituto de Salud Pública de Chile, para que Carabineros de Chile proceda a la detención de las personas que en ellos se indica, a objeto de que cumplan un día de prisión por cada décimo de unidad tributaria mensual de la multa a que han sido condenadas, con un límite máximo de 60 días, por cuanto los actos administrativos adjuntos no se encuentran ajustados a derecho. En efecto, cumple con hacer presente que en la resolución de la autoridad sanitaria que sirve de fundamento a los aludidos instrumentos, no se establecen los domicilios de la empresa infractora, de su representante legal, director técnico ni de su jefe de control de calidad, por lo que no resulta posible corroborar que la dirección consignada en la parte resolutiva de los actos en examen corresponda efectivamente al domicilio de dichas personas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República