Dictamen N° 67824/2015
N° 67.824 Fecha: 25-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1477, conducida por su funcionario, señor Carlos Alberto Saavedra del Canto, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, en especial, las declaraciones de los tres acompañantes del aludido empleado, aparece que este último el día 29 de noviembre de 2014, se desplazaba en ese vehículo por la Avenida Los Conquistadores, y al llegar a la intersección con calle La Herradura, en la comuna de Providencia, fue colisionado por un automóvil particular -cuyos ocupantes habían sido sorprendidos cometiendo un robo-, que circulaba por la mencionada avenida en contra del sentido del tránsito y con las luces apagadas, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Delitos Flagrantes Región Metropolitana Oriente. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 40, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $3.098.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Carlos Alberto Saavedra del Canto, por los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1477; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional o penal que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante