Dictamen CGR

Dictamen N° 67836/2014

2014-09-02 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 67.836 Fecha: 02-IX-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4652, conducido por su funcionario, señor Gino Barraza Santa Cruz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de junio de 2013, ese servidor se desplazaba en el citado furgón por calle 20, en persecución de un vehículo particular que había evadido un control policial, y próximo a la intersección con calle Ranquil, en la comuna de Valparaíso, el conductor de este último efectuó un cambio de pista, obstruyéndole la normal circulación al móvil fiscal, colisionándolo, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Valparaíso, en su oficio N° 14, de 2013, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la referida comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 312, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $150.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Gino Barraza Santa Cruz, por los daños causados en el furgón fiscal Z-4652; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República