Dictamen N° 67944/2010
N° 67.944 Fecha: 15-XI-2010 La Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas ha remitido una presentación de don Alfredo Eduardo Tolic Rodríguez, ex funcionario del Ministerio de Educación, exonerado político, en que solicita la revisión de su situación previsional. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente jubilatorio del interesado, manifiesta, en síntesis, que la pensión no contributiva, por gracia, que se le concedió a través de la resolución N° 4.820, de 2000, del Ministerio del Interior, se encuentra correctamente determinada, encontrándose vencido el plazo de que dispuso para pedir su revisión. Agrega que la aludida prestación se le confirió en atención a su cese, por motivos políticos, en el Ministerio de Educación, acaecido el 16 de enero de 1976, haciendo presente que si se le considerara exonerado de la Universidad de Chile, desde el 11 de septiembre de 1973, como pretende, no reuniría el tiempo computable necesario para acceder al referido beneficio. Al respecto, cabe manifestar que mediante el dictamen N° 13.379, de 2008, ratificado por el oficio N° 54.122, de igual año, este Organismo Fiscalizador determinó que no es posible acceder a la revisión de la jubilación no contributiva otorgada al reclamante, puesto que el término de tres años que tenía para tal efecto, según lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.260, se encuentra vencido. Ahora bien, en su nueva petición el recurrente no aporta antecedentes distintos a los ya analizados con anterioridad, razón por la cual resulta forzoso ratificar lo señalado en los oficios antes aludidos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República