Dictamen N° 68040/2011
N° 68.040 Fecha : 27-X-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 1277, de 2011, del Ministerio de Hacienda, que declara prescindibles las acciones de la sociedad HDI Seguros S.A. de propiedad de la Corporación de Fomento de la Producción -CORFO y autoriza su venta directa, atendido que dicho instrumento incide en la autorización que acorde con el artículo 14 del decreto ley N° 1.056, de 1975 -que determina normas complementarias relativas a la reducción del gasto público y al mejor ordenamiento y control de personal-, puede otorgar por decreto supremo fundado el Ministerio de Hacienda, el que deberá llevar además la firma del Ministro del ramo respectivo, para eliminar el requisito de la subasta o propuesta pública, materia que acorde con la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General -que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón- y atendido a que el decreto se suscribe por orden del Presidente de la República, no se encuentra entre aquellas que están sujetas a dicho control preventivo de juridicidad. Por consiguiente, se remite adjunto el acto administrativo de la suma, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la referida resolución N° 1.600, debiendo hacerse presente, en todo caso, que aquél no ha sido suscrito por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo como lo exige el citado artículo 14. No obstante lo anterior, según el artículo 8° del mencionado decretó ley N° 1.056, una vez obtenida la autorización antes descrita, el jefe superior de la CORFO, contando con autorización previa del Ministerio del ramo, deberá declarar prescindibles y disponer la venta de las acciones, remitiendo ese acto a este Organismo para su toma de razón, tal como lo dispone el numeral 9.1.6 del artículo 9° de la aludida resolución N° 1.600. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante