Dictamen N° 681/2010
N° 681 Fecha: 7-I-2010 La Municipalidad de Renca ha solicitado a esta Contraloría General se le instruya acerca de la forma de dar cumplimiento al dictamen N° 28.266, de 2009, en lo referido al eventual pago de remuneraciones al señor Fernando Machuca Villalobos, por el lapso comprendido entre la fecha en que se le declaró su salud incompatible y la data en la cual se declaró su salud irrecuperable, período en que éste no prestó servicios. A su vez, el señor Machuca Villalobos denuncia un eventual incumplimiento por parte de la municipalidad, del dictamen citado, ya que si bien se dejó sin efecto el decreto N° 2.904, de 2008 -que declaraba vacante su cargo por salud incompatible con el desempeño del mismo-, dictándose en su reemplazo, el decreto N° 1.544, de 2009 -que declara su salud irrecuperable-, no le habrían pagado las remuneraciones por el tiempo que media entre ambos actos administrativos. Al respecto cabe recordar que el aludido pronunciamiento concluyó, que atendido que el funcionario había presentado una solicitud de invalidez con anterioridad a la dictación del citado decreto N° 2.904, la que fue acogida por el organismo pertinente, no procedía declarar vacante su cargo en virtud del artículo 148 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, por lo que el municipio debía dejar sin efecto esa resolución y disponer el correspondiente cese de funciones por salud irrecuperable, según la causal del artículo 149 del mismo cuerpo estatutario, procediendo al pago de las remuneraciones que se le adeudan conforme a ese precepto legal. Pues bien, la entidad edilicia por el decreto N° 1.544, de 2009, dejó sin efecto el decreto N° 2.904, de 2008, y a la vez declaró irrecuperable la salud del interesado, disponiendo que a contar del 15 de junio y hasta el 15 de diciembre -ambos de 2009-, el funcionario no estará obligado a trabajar y gozará de todas las remuneraciones correspondientes a su empleo, las que serán de cargo de la municipalidad. En este contexto, debe precisarse que don Fernando Machuca Villalobos ha mantenido su calidad de funcionario de la Municipalidad de Renca, hasta la fecha en que se produjo su cese de funciones por declaración de vacancia del cargo por salud irrecuperable, de modo que el municipio debe pagarle, además, sus remuneraciones por el período que media entre la data de notificación del decreto invalidado y la fecha en que se le notificó la resolución que declara la irrecuperabilidad de su salud, considerando que si bien no cumplió labores, ello obedeció a que las licencias médicas correspondientes a ese lapso, no fueron recepcionadas y tramitadas por la entidad edilicia (aplica criterio contenido en el dictamen N° 52.506, de 2006). Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General