Dictamen N° 68207/2016
N° 68.207 Fecha: 15-IX-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aplica , la medida disciplinaria de destitución al exfuncionario de la Superintendencia de Educación, don José Carlos Hasenberg Díaz, por cuanto la comunicación de la resolución exenta N° 789, de 2016, de ese origen, que determina dicha sanción, no ha sido efectuada conforme al procedimiento previsto en el artículo 131 de la ley N° 18.834, que establece que las notificaciones que se realicen en un sumario administrativo deberán hacerse personalmente y, en el evento que el servidor no fuere habido por dos días consecutivos en su domicilio o en su lugar de trabajo, será notificado por carta certificada, de lo cual deberá dejarse constancia en el expediente. Asimismo, cabe hacer presente que no aparece en la carpeta investigativa que el señor Hasenberg Díaz haya realizado posteriormente alguna acción en el proceso que permita tenerlo por notificado tácitamente de la aludida actuación, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, lo que ha significado vulnerar su derecho a defensa, según el criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 95.590, de 2015, entre otros, de este Organismo Fiscalizador. En mérito de lo expuesto, esta Entidad de Control representa la resolución en estudio, a fin de que esa superioridad arbitre las acciones tendientes a subsanar la observación indicada. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República