Dictamen CGR

Dictamen N° 68417/2012

2012-10-31 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 68.417 Fecha: 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-4291, conducida por su funcionario, señor Alex Patricio Lucero Segura, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 28 de enero de 2011, el aludido servidor se desplazaba en la referida motocicleta por Avenida Eastman, en dirección al poniente, en la comuna de Olmué, y a la altura del km. 5 de esa vía, colisionó con un automóvil particular que transitaba en sentido contrario por la misma arteria, cuyo conductor efectuó una maniobra de viraje a la izquierda sin tener el tiempo ni el espacio suficiente, por lo que le obstruye la normal circulación al móvil policial, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Valparaíso, en su oficio N° 6, de 2011, estableció como causa del accidente, debiendo añadirse que, respecto de este acontecimiento, se efectuó la denuncia ante la Fiscalía Local de Limache. En este contexto, es dable hacer presente que el artículo 134, inciso primero, de la ley N° 18.290, prescribe que quien tenga el propósito de virar, carecerá de toda preferencia para ejecutar esa maniobra y deberá respetar el derecho preferente de paso de los otros vehículos, obligación que no habría sido cumplida por el conductor del automóvil particular. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 165, de 2011, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Valparaíso, ascenderían a la suma de $2.000.000, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 1, de 2012, dar de baja dicha especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Alex Patricio Lucero Segura, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4291; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República