Dictamen N° 68440/2012
N° 68.440 Fecha: 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-4720, conducida por su funcionario, señor Álex Eduardo Arriagada Beltrán, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 14 de abril de 2011, ese servidor, en el contexto de un procedimiento policial, se desplazaba en el referido móvil por Avenida Américo Vespucio, y al llegar a la intersección con Avenida Cristóbal Colón, en la comuna de Las Condes, el vehículo particular que era seguido, el que mantenía encargo por robo, con la finalidad de evitar su detención, desvía su trayectoria hacia la citada motocicleta, cuyo chofer realiza una maniobra de emergencia, volcando, lo que en el documento de fecha 15 de abril de 2011, de la 17ª Comisaría Las Condes, se estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante la Fiscalía Local N° 4. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 216, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $80.600 , siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en el proceso administrativo de que se trata, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Álex Eduardo Arriagada Beltrán, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4720; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República