Dictamen N° 68441/2012
N° 68.441 Fecha: 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-2536, conducida por su funcionario, señor Jorge Luis Herrera González, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de mayo de 2011, ese servidor se desplazaba en la citada camioneta por calle Vicuña Mackenna, en persecución de un vehículo, y al llegar a la intersección con calle Balmaceda, en la comuna de Peñaflor, debido a que lo hacía a una velocidad no razonable ni prudente, colisionó con un automóvil particular, debiendo añadirse que, respecto del mismo acontecimiento, se efectuó la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de Peñaflor. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 252, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $886.550, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en el proceso administrativo de que se trata, se encuentra acreditado que el señor Herrera González no adoptó las precauciones necesarias para una adecuada y responsable conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidente, no es procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-2536. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República