Dictamen CGR

Dictamen N° 68443/2012

2012-10-31 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Acoge solicitud de exoneración de responsabilidad civil por daños a un bien fiscal a funcionario de Carabineros de Chile, en virtud de lo dispuesto en el art/62 de la ley 10336

N° 68.443 Fecha: 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-4975, conducida por su funcionario, señor Manuel Antonio Ñanco Lira, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 8 de mayo de 2011, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Atacama, y al llegar a la intersección con calle Chacabuco, en la comuna de Copiapó, fue colisionado por un vehículo particular que no respetó la luz roja del semáforo que enfrentaba, lo que la Sección I.A.T. Atacama, en su informe N° 7, de 2011, estableció como causa del accidente, debiendo añadirse que, respecto de este acontecimiento, se efectuó la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 551, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $4.700.500 , determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 135, de 2012, dar de baja dicha especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Manuel Antonio Ñanco Lira, por los daños ocasionados en el móvil fiscal Z-4975; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República