Dictamen CGR

Dictamen N° 68472/2015

2015-08-27 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 68.472 Fecha:27-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de un bastón retráctil que se encontraba bajo el cuidado de su funcionario, señor Arturo Andrés Carrillo Castillo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 4 de julio de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió hasta la intersección de la Avenida Santa Isabel con calle Seminario, en la comuna de Providencia, con la finalidad de detener a un individuo acusado de agresión; una vez en el lugar, y en el instante en que se procedía a la aprehensión de aquél, un grupo de personas que se encontraba en el interior de un establecimiento educacional, comenzó a lanzar piedras, botellas y otros objetos contundentes en contra de los funcionarios policiales, percatándose el señor Carrillo Castillo, al momento de retirarse, que no portaba el mencionado bastón. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 27502033, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$ 30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $15.096, a la data de su pérdida), determinando la misma unidad, a través de su orden N° 142, de 2015, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Arturo Andrés Carrillo Castillo, por el extravío del referido bastón retráctil. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante