Dictamen N° 68527/2014
N° 68.527 Fecha: 04-IX-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el bus fiscal B-393, conducido por su funcionario, señor Cristian Maldonado Sepúlveda, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que en la documentación adjunta, aparece que con fecha 30 de noviembre de 2010, ese servidor se desplazaba en el citado bus por la Avenida Manuel Montt, y al llegar a la intersección con la Avenida Irarrázaval, en la comuna de Ñuñoa, efectuó una maniobra de viraje, chocando con un vehículo particular, resolviendo el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, no condenar a ninguno de los conductores como responsable del accidente de que se trata, como consta en el certificado de fecha 16 de marzo de 2011 de ese tribunal. El perjuicio producido al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 9315046, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendió a la suma de $30.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Cristian Maldonado Sepúlveda, por los daños causados en el bus fiscal B-393. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante