Dictamen CGR

Dictamen N° 68587/2010

2010-11-16 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Representa decreto 193/2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declara caducada la concesión marítima que indica

N° 68.587 Fecha: 16-XI-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 193, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declara caducada la concesión marítima que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, las causales de caducidad de las letras b) y c) del artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, y b) y c) del artículo 53 de su reglamento -decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina-, que se invocan en el número 4 del Visto y Teniendo Presente del decreto N° 193, no se encuentran acreditadas en el expediente administrativo, siendo del caso agregar que la afirmación contenida en el N° 3 del citado Visto y Teniendo Presente, en orden a que la sociedad concesionaria no materializó la instalación de la cañería conductora para la descarga de pescado y el tendido de los cuatro cables eléctricos, establecidos en el decreto N° 467, de 2005, del Ministerio de Defensa (M) -que otorgó la primera renovación de la concesión-, resulta inconsistente con el número 2 de ese mismo acto, que deja constancia que el concesionario ha dado cabal cumplimiento al objeto de la concesión y que consiste justamente en la instalación aludida. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que le asiste al Ministerio de Defensa Nacional de decretar la terminación de la concesión por mutuo acuerdo del particular con el Estado, en las condiciones previstas en los artículos 8°, letra f), del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, ya citado y 56, letra f), de su reglamento, atendida la solicitud de término anticipado presentada por el concesionario. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República